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Diego Camacho
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Bruno Angulo
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Nueva Regulación En Ecuador: Sitios de Pronósticos Pagarán Impuestos Desde El 1 De Julio

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Nuevo Impuesto a Pronósticos
Nueva Regulación En Ecuador: Sitios de Pronósticos Pagarán Impuestos Desde El 1 De Julio

A través de un decreto ejecutivo publicado el día 27 de junio, el gobierno de Daniel Noboa anunció la aplicación de un nuevo impuesto a los operadores de pronósticos deportivos que operan en Ecuador.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha creado una nueva sección en su página web, www.sri.gob.ec, para informar sobre la aplicación del Impuesto a la Renta Único a los ingresos percibidos por los operadores de pronósticos deportivos.

Esta medida entrará en vigor el lunes 1 de julio de 2024, de acuerdo con la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar y la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo.

Decreto Ejecutivo 313
Decreto Ejecutivo 313

El SRI ha indicado que los operadores de pronósticos deportivos no residentes en Ecuador podrán encontrar en esta sección el procedimiento para la solicitud de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), junto con los requisitos y la actualización necesaria, además de la base legal correspondiente.

La iniciativa nace para que el SRI pueda regular el Impuesto a la Renta en los pronósticos deportivos.

Este impuesto pretende gravar los ingresos generados por estos operadores de pronósticos en el país, ya sea a través de internet o medios físicos.

La base que se calcula para el impuesto resta el valor de los premios pagados (con retención en la fuente) al valor total de los ingresos, incluidas las comisiones. Su tarifa es de 15% y el plazo para presentar la primera declaración se cumple en septiembre de 2024.

Se proponen cambios para las empresas extranjeras dedicadas a pronósticos deportivos. Estas son las reglas que deberán cumplir:

  1. Registrarse en el catastro del registro único de contribuyentes (RUC).
  2. Entregar la información para fines tributarios al SRI conforme lo dicte el reglamento.
  3. Declarar y pagar el Impuesto a la Renta Único para Operadores de Pronósticos Deportivos.
  4. Designar un apoderado residente en Ecuador para todos los efectos derivados de la administración del Impuesto a la Renta Único para Operadores de Pronósticos Deportivos.

Si las empresas acatan esta normativa, el Ministerio de Telecomunicaciones podrá bloquear la dirección IP del sitio web a través del cual opera la empresa. Además, se le impondrá una sanción de hasta 30 salarios básicos.

RUC Para Personas Naturales No Residentes En Ecuador

Los requisitos para las personas naturales no residentes son los siguientes:

1. Designar un apoderado residente en Ecuador para todos los efectos relacionados con la administración de este impuesto.

2. Contar con el original y copia simple del certificado de residencia fiscal del apoderado residente en Ecuador.

3. Tener el original y copia simple del documento de identidad (cédula de identidad o ciudadanía para ecuatorianos, o pasaporte para otros casos). Si el apoderado es una sociedad, también se debe adjuntar el nombramiento del representante legal de dicha sociedad.

4. Presentar el original y copia simple del certificado de votación del último proceso electoral del apoderado, si es ecuatoriano.

5. Proveer el original y copia simple de una planilla de servicio básico para el registro de la dirección en Ecuador.

La documentación debe ser presentada en cualquier agencia del SRI para la obtención del RUC.

RUC Para Sociedades No Residentes En Ecuador

Los requisitos para las sociedades no residentes son:

1. Designar un apoderado residente en Ecuador para todos los efectos relacionados con la administración de este impuesto.

2. Presentar el formulario de inscripción en el RUC como agente de percepción, completado en español y firmado por el representante legal o quien haga sus veces.

3. Original y copia simple del certificado de residencia fiscal del apoderado residente en Ecuador.

4. Original y copia simple del documento que acredite la existencia de la sociedad prestadora del servicio digital, con traducción al español. Este documento debe incluir el país de residencia de la sociedad, razón social, número de identificación tributaria, ciudad, dirección de domicilio, código postal e información de contacto.

5. Original y copia simple del documento que acredite la designación del apoderado residente en Ecuador del operador de pronósticos deportivos no residente, con traducción al español. Si el apoderado es una sociedad, también se debe adjuntar el nombramiento del representante legal de dicha sociedad.

6. Original y copia simple del documento de identidad del apoderado residente en Ecuador (cédula de identidad o ciudadanía para ecuatorianos, o pasaporte para otros casos), que muestre el nombre completo, foto y firma.

7. Original y copia simple del certificado de votación del último proceso electoral del apoderado, si es ecuatoriano.

8. Original y copia simple de una planilla de servicio básico para el registro de la dirección en Ecuador.

La documentación debe ser presentada en cualquier agencia del SRI para la obtención del RUC.

A través de la recaudación tributaria, el Ecuador se acerca más hacia la regulación de apuestas deportivas.

Este es un paso positivo, pues reduce el campo de acción de operadores deshonestos y abre el diálogo para un panorama regulado, con casas de apuestas seguras y un sistema de juego responsable.

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