Nuevas Licencias de Operación Para Casas de Apuestas Deportivas Por USD 300 Mil
Ecuador ya tiene un marco completo para las apuestas deportivas. Lo que empezó en enero de 2025 con un decreto tributario terminó de cerrarse en junio de 2026.
Las casas de apuestas que quieran operar legalmente necesitan una Licencia Única de Funcionamiento que hoy cuesta cerca de USD 316.000 al año.
Aquí te contamos qué exige esa licencia, cuánto cuesta realmente, qué impuestos paga la industria y qué cambió con el reglamento que entró en vigencia este año.
Licencia: Requisitos y Vigencia
El punto de partida fue el Decreto Ejecutivo 487, que reformó el reglamento de la Ley de Régimen Tributario Interno.
Ese decreto estableció que los operadores de apuestas y pronósticos deportivos deben tramitar una licencia expedida por el Ministerio del Deporte para funcionar en el país.
La licencia es el único documento que habilita a una casa de apuestas para operar en Ecuador, y tiene una vigencia de cinco años.
La licencia cuesta 655 salarios básicos unificados al año, así que su precio sube cada vez que sube el salario básico.
Ese detalle importa más de lo que parece. Al estar indexada al salario básico, la licencia se encarece automáticamente cada año:
| Año | Salario básico | Costo anual de la licencia |
|---|---|---|
| 2025 | USD 470 | USD 307.850 |
| 2026 | USD 482 | USD 315.710 |
Con el salario básico de 2026 fijado en USD 482, la licencia supera hoy los USD 315.000 anuales.
Es una barrera de entrada considerable, que deja el mercado formal al alcance de operadores con espalda financiera.
El Reglamento Que Tardó Diecisiete Meses
El Decreto 487 daba tres meses al Ministerio del Deporte para emitir la reglamentación complementaria que faltaba.
Esa reglamentación no llegó en tres meses: tardó diecisiete y se publicó en junio de 2026.
El camino tuvo dos hitos. Primero, la nueva Ley del Deporte, publicada en el Registro Oficial el 11 de febrero de 2026, que fijó el marco general.
Después, el Reglamento General a la Ley Orgánica del Deporte, Educación Física y Recreación, aprobado por Decreto Ejecutivo 422 el 12 de junio y publicado en el Registro Oficial el 16 de junio de 2026.
Ese reglamento es el primer marco integral que regula a los operadores de pronósticos deportivos en Ecuador, y añade obligaciones que el decreto de 2025 no contemplaba:
- Demostrar capacidad financiera suficiente.
- Aplicar controles de prevención de lavado de activos.
- Garantizar la protección de datos personales de los usuarios.
- Someter a revisión las campañas publicitarias.
- Cumplir con requisitos técnicos para operar plataformas digitales.
El reglamento también reconoce oficialmente los e-sports, un paso que Ecuador da antes que buena parte de la región.
Límites de Dinero Por Medio de Pago
La novedad más visible para el apostador son los montos máximos que puede mover cada usuario, distintos según el medio de pago:
| Medio de pago | Por transacción | Al día | Al mes |
|---|---|---|---|
| Transferencia o débito | USD 1.000 | USD 1.700 | USD 19.500 |
| Tarjeta de crédito | USD 350 | USD 550 | USD 6.100 |
| Tarjeta prepago | USD 350 | USD 550 | USD 6.100 |
| Efectivo | USD 500 | USD 5.000 | USD 9.900 |
La transferencia bancaria es el medio con más margen: USD 19.500 al mes, más del doble que el efectivo.
Las tarjetas son las más restringidas, con apenas USD 350 por operación. Limitar la tarjeta de crédito es tanto una medida de control como de protección al usuario, porque evita apostar con dinero prestado.
Analizamos estos límites en detalle en nuestra nota sobre los topes por medio de pago.
Controles Antilavado y Verificación
El reglamento obliga a las casas a implementar sistemas automatizados de monitoreo transaccional.
Deben servir para identificar, prevenir y reportar operaciones inusuales o sospechosas, y toda operación exige verificación de identidad del usuario.
La Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) ya tenía un plazo de tres meses en el decreto de 2025 para montar sus propios mecanismos de control.
Con el reglamento vigente, verificar la identidad deja de ser una política de cada casa y pasa a ser una obligación legal.
Obligaciones Tributarias
El marco tributario específico para la industria sigue siendo el que fijó el Decreto 487:
- Impuesto Único a la Renta del 15%, calculado sobre los ingresos brutos menos los premios pagados y administrado por el SRI.
- Retención del 15% sobre los premios entregados a los jugadores, que estos pueden usar como crédito tributario en su declaración anual.
Los operadores están obligados además a:
- Declarar y pagar impuestos mensualmente, incluso sin operaciones.
- Presentar una declaración anual consolidando ingresos y gastos.
- Emitir comprobantes de venta autorizados.
Si eres tú quien ganó, puedes estimar lo que te corresponde con nuestra calculadora de impuestos en apuestas.
Situación Actual del Mercado
Hasta septiembre de 2024, el SRI informó que 65 plataformas de apuestas deportivas se habían registrado en Ecuador.
De ellas, 19 correspondían a empresas o personas jurídicas y 46 a personas naturales. Entre las empresas registradas había dos extranjeras: Logflex MT Limited, operadora de Novibet, y Kaizen Gaming International, dueña de Betano.
El negocio ya se nota en las cuentas públicas: Ecuador proyecta recaudar unos USD 25 millones por juegos y apuestas durante 2026.
Con la licencia por encima de los USD 315.000 al año, el mercado formal tenderá a concentrarse en pocos operadores grandes.
Ese es el gran interrogante del modelo ecuatoriano: si el costo de entrar empuja a parte de la demanda hacia plataformas que operan sin licencia, el Estado recauda menos y supervisa menos.
Qué Queda Por Delante
Con la ley y el reglamento publicados, Ecuador pasa de tener una regulación tributaria a tener un marco completo: licencia, requisitos técnicos, control financiero y límites de juego.
Queda por ver cómo se aplica. La fiscalización efectiva sobre las plataformas que operan desde el extranjero es el punto donde suelen fallar estos modelos en la región.
También queda pendiente reforzar el juego responsable, un aspecto que el marco actual apenas contempla más allá de los límites de depósito.
Sobre cómo se ve todo esto desde el derecho ecuatoriano, puedes leer nuestra entrevista con la abogada Yosselyn Rodríguez.
Los juegos y apuestas realizados en exceso pueden causar ludopatía. Solo para mayores de 18 años.